ATP Agosto 2020 e importador de controlador fiscal

Las empresas podrán inscribirse al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) desde el 28 de agosto y hasta el 3 de septiembre.

Se solicita desde el servicio “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción”.

Si hubo caída en las ventas en comparación con el periodo anterior (julio 2019 – Julio 2020) se otorgará el salario complementario. (sin devolución)

Las firmas cuya facturación nominal muestre en julio una variación interanual positiva entre 0% y 40% podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 15%.

Los Créditos a Tasa Subsidiada obtenidos para el pago de salarios de agosto podrán ser convertidos parcial o totalmente en un subsidio en tanto cumplan con las metas de empleo que establecerá el Ministerio de Desarrollo Productivo.

También les dejo el importador como herramienta para los que deben presentar las ventas de un controlador fiscal ó facturación manual.

La explicación completa para utilizar el importador en el siguiente link:
https://estudiotigre.com/2020/05/18/importador-de-controlador-fiscal-y-facturas-manuales-para-el-programa-de-asistencia-de-emergencia-atp/

ó descargar el archivo desde acá: importador ATP controlador fiscalATP-IMPORTACION DE COMPROBANTES

Tené en cuenta de tener el Excel configurado con separador decimal punto(.).
Si no sabes como configurar acá un pequeño video:

Si hay algún error me escriben… buena tarde

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ARBA IMPLEMENTA BENEFICIOS PARA CONTRIBUYENTES AFECTADOS POR LA PANDEMIA

ARBA Implementa una serie de medidas que buscan acompañar, sostener y ayudar a empresas, pymes, autónomos y contribuyentes afectados por la pandemia.

ARBA Implementa una serie de medidas que buscan acompañar, sostener y ayudar a empresas, pymes, autónomos y contribuyentes afectados por la pandemia.

BONIFICACIONES DE INGRESOS BRUTOS
PARA 206 ACTIVIDADES

Hasta fin de año un descuento de 50% en Ingresos Brutos para pymes y microempresas. En tanto que la bonificación para otras empresas será del 15%. Se trata de un beneficio que contempla a un conjunto de 206 actividades económicas que tuvieron dificultades para funcionar por la pandemia o, por esa situación, sufrieron una fuerte caída de ingresos.

Requisitos:

  1. Ser persona humana o jurídica inscripta como contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
  2. Estar inscripta en el registro ActiBA.
  3. Haber declarado ingresos significativos en actividades alcanzadas por el beneficio en el período comprendido entre abril de 2019 y marzo de 2020.
  4. Que el incremento de la base imponible declarada en los anticipos de abril y mayo de 2020, resultante de la acumulación de ambos, no supere el 5% respecto de la base del mismo período acumulado del año anterior.
  5. Para acceder a la bonificación adicional del 35%, cumplir condiciones para ser considerada empresa MiPyME.

DESCARGAR LAS ACTIVIDADES COMPRENDIDAS ACÁ

REDUCCIÓN DE ALÍCUOTAS EN REGÍMENES DE RECAUDACIÓN

Se implementa una disminución al mínimo de las alícuotas de retención y percepción en los regímenes de recaudación de Ingresos Brutos. Esta medida beneficia a pymes con ingresos declarados de hasta $1 millón en 2019 y empresas que, por la caída de ventas, hayan tenido un aumento en la relación entre deducciones e impuesto determinado.

Requisitos:

  1. Ser persona humana o jurídica inscripta como contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
  2. Haber facturado dentro del país por un monto menor a $1 millón durante el ejercicio fiscal 2019.
  3. Registrar un nivel de ingresos afectado por el escenario de pandemia.
  4. Haber registrado un incremento en la relación proporcional entre deducciones sufridas y nivel de ingresos.
  5. No registrar incumplimientos en el pago de impuestos provinciales ni indicios de evasión.
  6. El beneficio lo otorga ARBA de oficio, en función del análisis de la situación del contribuyente, de sus grados de cumplimiento tributario y de la forma en que haya evolucionado por el efecto de la pandemia la situación puntual respecto de los regímenes de recaudación.

PLAN DE PAGOS COVID-19

Se dispone un plan de regularización para deudas contraídas durante la pandemia, específicamente aquellas entre el 1 de marzo y el 30 de noviembre de 2020. Está destinado a quienes tengan actividad económica de cualquier rubro y en ese período de tiempo hubiesen declarado ingresos de hasta un 5% mayor que en 2019. Se puede optar por planes de 12 cuotas sin interés o de 18 con tasa fija.

Resolución Normativa 49/2020.

Requisitos:

  1. Ser persona humana o jurídica inscripta como contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
  2. Estar inscripta en el registro ActiBA.
  3. Con nivel de ingresos afectados por el escenario de pandemia. Los contribuyentes, no podrán tener un incremento superior al 5% de su base imponible por todas sus actividades en los anticipos correspondientes a los meses de abril y mayo del año 2020, en relación a la sumatoria total de la base imponible (de todas las actividades) por los mismos meses del periodo fiscal 2019.

AMPLIACIÓN DEL PROGRAMA
PERMANENTE DE REGULARIZACIÓN

Permite regularizar con facilidades deudas de todos los impuestos, vencidas al 31 de mayo de 2020. Incluye las que están en situación prejudicial como judicial. También comprende a todos los planes de pago que se encuentren caducos a esa fecha. Las opciones de financiamiento alcanzan hasta 60 cuotas en las deudas prejudiciales; y pueden llegar a 24 ó 36 meses en las judiciales.

Resolución Normativa 47/2020

Requisitos:

  1. Ser contribuyentes de la Provincia de Buenos Aires por cualquiera de los impuestos administrados por ARBA.

MEJORAS EN EL PROCESO DE
DEVOLUCIÓN DE SALDOS A FAVOR

Elevan a $300.000 el monto que permite acceder al trámite de devolución automática de saldos a favor, que se gestiona a través de nuestra web y se resuelve en 72 horas. Asimismo, incorporamos la posibilidad de compensación para que, con el crédito fiscal de Ingresos Brutos, se puedan cancelar deudas propias de impuestos patrimoniales (Inmobiliario y Automotor).

Resolución Normativa 44/2020 para conocer las condiciones de la devolución automática.
Resolución Normativa 52/2020 para conocer cómo se hará la compensación para cancelar deudas.

Requisitos:

  1. Ser persona humana o jurídica inscripta como contribuyente de Ingresos Brutos, sin registrar incumplimientos ni indicios de evasión.

BENEFICIO FINANCIERO Y PLAN ESPECIAL
PARA AGENTES DE RECAUDACIÓN

Amplia de 15 a 30 días el plazo para ingresar retenciones y percepciones realizadas por ser agente de recaudación. Además, instrumenta un plan de pagos específico para empresas que actúen como agentes de recaudación y posean deudas por omisión. También habilita la migración de modalidades durante el mismo año, de forma tal que quienes se encuentren operando por la modalidad de lo devengado, puedan pasar a hacerlo por la de lo percibido.

Requisitos:

  1. Para suscribir un plan de pagos, registrar deuda por omisión como agentes de recaudación y estar inscripto en el registro ActiBA.
  2. Para los restantes beneficios, estar registrado como agente de recaudación de los regímenes de percepción y retención.

Fuente: http://www.arba.gov.ar

Liquidación de sueldos Mayo 2020 Sanidad con Salario Complementario

Modelo de recibo de sueldos empleado salud con Salario Complementario.

A continuación como quedaría el recibo de sueldo de una empleada geriátrica para el periodo de mayo 2020, a la que el empleador accedió al beneficio del programa ATP, salario complementario para sus empleados.

Como podrán observar, el salario que abona el Estado se detalla en la parte de «descuentos», reduciendo así el neto a cobrar por parte del empleador.

Recordar que tanto el empleador como el empleado abonan sus contribuciones y aportes por el sueldo completo, como si estuviesen trabajando normalmente.

Para ver el paso a paso para la liquidación de sueldos del periodo de mayo 2020 visitar el link de la entrada anterior en este enlace.

Dto. 315/20 Bono para trabajadores de la Salud: Presentación de DDJJ

Ya se encuentra disponible para generar la Declaración Jurada para el cobro de un bono de $5.000 para los trabajadores de la salud correspondiente a periodo 04/2020 establecido en el decreto 315/2020.

El beneficio recae para establecimientos con internación; los sistemas de atención de emergencia extra-hospitalaria; los laboratorios de análisis clínicos y los establecimientos y/o residencias de la tercera edad. (Art. 5° – Res. Conj. MS y MTEySS N° 3/2020).

Sólo se podrá incluir en las declaraciones aquellos trabajadores que hayan sido validados/verificados por AFIP y cuya CBU se encuentre validada.

Para el periodo 04/2020 el procedimiento para presentar la declaración jurada se puede descargar desde este link con un paso a paso explicativo.

El resumen de los pasos son:

Paso 1: Generar las Declaraciones Juradas en el REFES/SISA.

Paso 2: Crear la relación a través del Portal AFIP. El servicio es denominado: «ministerios de salud».

Paso 3: Ingresar a ddjj.msal.gov.ar para finalmente presentar la declaración jurada y ordenar su pago.

IMPORTADOR DE CONTROLADOR FISCAL Y FACTURAS MANUALES PARA EL PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA (ATP)

Los ingresos que no se visualizan automáticamente en el servicio de AFIP Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Produccion (ATP) se debe a que no son facturas electrónicas, sino que se puede tratar de un controlador fiscal ó facturas manuales de respaldo, etc.

Para esos comprobantes no electrónicos como ser las liquidaciones diarias de un controlador fiscal ó facturas manuales ú otros comprobantes puede descargar este excel para importar la información al servicio de AFIP.

importación de comprobantes – ATP




Para descargarlo clic en la imagen ó acá

ACLARACIONES DEL ARCHIVO:

  1. si usas excel en inglés en la celda C1 va YYYY, si usas en español AAAA.
  2. verificá que el ceparador decimal sea el punto (.) y no la coma (,).
  3. no permite subir 2 comprobantes con la misma fecha, por lo tanto sumalos y van en una sola linea.
  4. una vez completado todo se copia en un bloc de notas (ó un txt cualquiera) la hoja ó sheet numero 2 «copiar txt». y esta listo para subir a AFIP.

queda algo así. Recordar que se sube desde el sistema: comprobantes en linea

Si no funciona algo notificarme por favor, suerte.

Buena jornada.