Devolución de saldo a favor ARBA

Si tenés saldo a favor en ARBA podes solicitar devolución registrando tu CBU en la pagina web de la entidad.

Razones por las cuales ARBA no procede a la devolución de los saldos a favor:

  • Inconsistencias entre AFIP y ARBA (diferencias en las ventas declaradas)
  • Inconsistencias con los ingresos declarados en ARBA y lo informado por bancos y otros entes oficiales (por ejemplo Mercado Pago).

Se soluciona realizando un control integral de las inconsistencias, si es necesario se rectifican los periodos incorrectamente declarados y luego de pasado los 30 días, el contribuyente se encuentra en condiciones de volver a solicitar la devolución de sus saldos a favor.

Si tenés consultas o dudas podes contactarte para iniciar el tramite:

estudiotigre@outlook.com

Cel: 1566417073

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ARBA implementa planes de pagos

El paquete tributario de alivio orientado a contribuyentes y agentes de recaudación comprende deudas de Inmobiliario (Básico y Complementario), Automotores, Embarcaciones Deportivas, Ingresos Brutos y Sellos

Se instrumentaron programas de regularización con facilidades para cancelar deudas tributarias para Pymes y Personas Físicas.

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires instrumentó una serie de programas de regularización con facilidades para cancelar deudas tributarias de todos los impuestos, tanto en instancia judicial como prejudicial.

Además, implementó la posibilidad de retomar planes de pago caducos y flexibilizar el levantamiento de medidas cautelares.


Gastón Fossati, director de ARBA, explicó que “los beneficios buscan atender y mitigar las dificultades provocadas por la coyuntura económica, aportando alivio tributario a sectores de la producción, los servicios y al resto de los contribuyentes”.


En ese contexto, puntualizó que “se trata de medidas orientadas a pymes, microempresas, comerciantes y también a los vecinos de la Provincia, que contarán con mayores facilidades para cancelar deudas impositivas”.


Además, destacó que “en forma complementaria a los programas de regularización, se flexibilizan las condiciones para levantar medidas cautelares y no se trabarán nuevos embargos en lo que resta del año”.


El paquete tributario de alivio orientado a contribuyentes y agentes de recaudación comprende deudas de Inmobiliario (Básico y Complementario), Automotores, Embarcaciones Deportivas, Ingresos Brutos y Sellos
, y posee las siguientes características:


PLAN DE PAGO PARA DEUDAS QUE NO ESTÁN EN JUICIO
Para aquellos contribuyentes que tengan deudas en instancia prejudicial de cualquier impuesto bonaerense, se estableció un plan permanente de regularización que ofrece una financiación de hasta 60 cuotas.
Este programa cuenta con la particularidad de incluir deuda corriente, ya que abarca tributos
impagos vencidos al 31 de julio de 2019, y tiene estas modalidades de cancelación:


-Contado: sin bonificación
-En cuotas: con un anticipo del 5% de la deuda y el resto en:
-3 cuotas sin interés de financiación
-De 6 a 12 cuotas con un interés sobre saldo del 1,5% mensual
-De 15 a 24 cuotas con un interés sobre saldo del 2% mensual
-De 27 a 60 cuotas con un interés sobre saldo del 2,5% mensual


PLAN DE PAGO PARA DEUDAS EN JUICIO
Respecto de las deudas que ya se encuentran en etapa judicial, ARBA implementó hasta el 31 de diciembre un programa especial de regularización que permite financiarlas en hasta 60 cuotas.
Este plan abarca al conjunto de los impuestos bonaerenses e incluye la totalidad de la deuda en juicio que tengan los contribuyentes.
Además, cuenta con un beneficio especial, ya que el monto del acogimiento puede reducirse en hasta un 15% de la deuda judicial (sin afectar capital), puesto que la Provincia reconoce y se hará cargo de gastos procesales que debe enfrentar el contribuyente, como costas y honorarios de abogados externos.
Las modalidades de cancelación son las siguientes:


-Contado: sin bonificación
-En cuotas: sin anticipo y el resto en:
-3 cuotas sin interés de financiación
-De 6 a 12 cuotas con un interés sobre saldo del 1,5% mensual
-De 15 a 24 cuotas con un interés sobre saldo del 2% mensual
-De 27 a 60 cuotas con un interés sobre saldo del 2,5% mensual


POSIBILIDAD DE RETOMAR PLANES CADUCOS
En forma paralela, ARBA abrió la posibilidad de retomar planes de regularización caídos por falta de pago, tanto en instancia judicial como prejudicial.
La medida, que abarca programas caducos al 31 de julio de 2019, favorecerá a más de 66.000 contribuyentes que pueden cancelar deudas tributarias en condiciones ventajosas.
El beneficio para quienes adhieran a esta modalidad de cancelación radica en que el monto total a pagar por el programa rehabilitado siempre será inferior a cualquier otra alternativa de regularización de deuda.


FACILIDADES PARA LEVANTAR MEDIDAS CAUTELARES
Los planes de regularización se complementan con otras acciones de ARBA que flexibilizarán el levantamiento de medidas cautelares. De hecho, a partir de este mes, solo con formalizar la adhesión a un plan de pagos los contribuyentes con deudas en instancia judicial podrán levantar embargos de sus cuentas bancarias, sin necesidad de abonar el adelanto del 10% que se exigía anteriormente.


SUSPENSIÓN DE NUEVOS EMBARGOS
A la vez, hasta el 31 de diciembre de este año, ARBA no trabará nuevos embargos sobre cuentas bancarias y derechos de crédito. Esta medida, según estimaciones del fisco, constituirá un paliativo para casi 58.000 contribuyentes, entre ellos, pymes, microempresas y prestadores de servicios profesionales, que poseen deudas tributarias que se encuentran en proceso de cobro por juicio de apremio.

Alivio para PYMES en la Pcia. de Buenos Aires

En la Pcia. de Buenos Aires, ARBA implementa medidas de alivio durante los meses de Noviembre y Diciembre 2018.

 

 

El gobierno de la provincia de Buenos Aires implementó una serie de iniciativas para acompañar el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas del territorio provincial.

Desde ARBA trabajamos en medidas impositivas para aliviar las cargas tributarias del sector, fomentar su actividad productiva y contribuir a que continúen generando empleo genuino.

Ver RN 44/2018.

Estas iniciativas son un beneficio concreto para el 80% de los contribuyentes de Ingresos Brutos.

 

Durante noviembre y diciembre se postergará el saldo a pagar para las empresas que facturen hasta $2 millones anuales. El monto acumulado se podrá abonar en 2019, en 3 cuotas sin interés..

Será condición necesaria el cumplimiento de la presentación de las declaraciones juradas de ambos meses en la fecha de vencimiento original.

 

A estas PyMES, también se las excluirán durante noviembre y diciembre de los regímenes de recaudación, tanto en acreditaciones bancarias como en el de tarjetas, por lo que no tendrán retenciones.

 

Por tres meses, se podrán levantar las medidas cautelares de cuentas bancarias y de derecho de crédito con la sola formalización del plan de pagos (hoy se requiere un anticipo del 10% de la deuda).

 

Se rehabilitarán durante 6 meses, con la obligatoriedad de abonar las cuotas vencidas que produjeron la caducidad y saldar en término el resto de los periodos a vencer.

 

Se duplicó el límite para el acceso a la devolución de saldo a favor por internet. Ahora podrán solicitar los contribuyentes que tienen hasta $100 mil a favor (antes era $50 mil). En todos los casos, será necesario tener un correcto comportamiento fiscal. Esta medida comenzará a regir a partir del año 2019.

 

Fuente: ARBA.GOV.AR

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