Que se descuenta a un jubilado en relación de dependencia en el recibo de sueldos?

Liquidación de sueldos de empleado jubilado.

Los jubilados activos deben aportar unicamente el 11% correspondiente al aporte jubilatorio.

No se le descuenta conceptos de aportes como:

  • Obra Social
  • Ley 19.032
  • ANSSAL

También el empleador no paga contribuciones por los conceptos antes detallados.

Con respecto a los portes sindicales, es depende de cada sindicato en particular y se debe consultar.

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Liquidación de sueldos Mayo 2020 Sanidad con Salario Complementario

Modelo de recibo de sueldos empleado salud con Salario Complementario.

A continuación como quedaría el recibo de sueldo de una empleada geriátrica para el periodo de mayo 2020, a la que el empleador accedió al beneficio del programa ATP, salario complementario para sus empleados.

Como podrán observar, el salario que abona el Estado se detalla en la parte de «descuentos», reduciendo así el neto a cobrar por parte del empleador.

Recordar que tanto el empleador como el empleado abonan sus contribuciones y aportes por el sueldo completo, como si estuviesen trabajando normalmente.

Para ver el paso a paso para la liquidación de sueldos del periodo de mayo 2020 visitar el link de la entrada anterior en este enlace.

EMPADRONAMIENTO DE AUTÓNOMOS

Durante el mes de Mayo se debe recategorizar autónomos para responsables inscriptos en el régimen general y directores, administradores y gerentes. Las categorías para el año 2020 son:

Fuente: Res. 76/2020 (ANSES)

TIPS:

  1. Se confecciona desde el servicio de AFIP: Sistema Registral/Registro Tributario/Empadronamiento Autónomos.
  2. Para la determinación de la categoría los ingresos que corresponden se determinan de acuerdo a los ingresos brutos obtenidos en el año calendario inmediato anterior a la fecha de caracterización. Es decir este año ingresos 2019.
  3. El contribuyente de no haber obtenido un margen ó ganancia superior ó igual al 30%, puede optativamente elegir abonar el importe de la categoría anterior, una vez confirmado los ingresos brutos obtenidos en el paso anterior.

Un plus de 5000 pesos durante cuatro meses para el personal de salud

Un plus de 5000 pesos durante cuatro meses para el personal de salud

Reglamentaron el pago del bono para trabajadores de la salud

Mediante una resolución conjunta de los ministerios de Salud y Trabajo, el Gobierno nacional reglamentó el decreto de Alberto Fernández para que los trabajadores de la salud abocados a controlar la pandemia de coronavirus cobren un bono no remunerativo de 5000 pesos durante los próximos cuatro meses. La norma establece que los establecimientos de salud públicos y privados de todo el país deberán entregar declaraciones juradas con las nóminas completas de trabajadores, incluidos los precarizados como becarios, pasantes o residentes, y faculta a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a verificar los datos. La asignación estímulo se pagará a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

Se trata de bono mensual de 5000 pesos, a cargo del Estado, por los servicios que presten en los meses de abril, mayo, junio y julio.instituciones de salud públicas, privadas y de la seguridad social. La resolución conjunta precisa que incluye establecimientos de salud con internación, sistemas de emergencia extra hospitalaria, laboratorios de análisis clínicos y residencias de la tercera edad.

La resolución para instrumentar el pago, que firman los ministros de Salud y de Trabajo, Ginés González García y Claudio Moroni, recuerda que el Estado cuenta con al menos dos instrumentos con los que intentó ordenar durante los mandatos presidenciales de Cristina Kirchner las diversas denominaciones y categorizaciones de trabajadores y establecimientos sanitarios de todo el país: el Registro Federal de Establecimientos (REFES), de 2009, y la Red de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS), de 2015.

Con esas plataformas como base para verificar los datos, el Ejecutivo dispuso ahora que todas las instituciones sanitarias contempladas en el decreto deberán actualizar su plantel de trabajadores en el REFES mediante declaraciones juradas a cargo de sus representantes legales, donde deberán determinar los beneficiarios que cumplan con las condiciones para cobrar el bono y el monto que les corresponde en caso de que cumplan jornadas parciales. Luego la AFIP podrá hacer “las verificaciones pertinentes” sobre la información presentada. En caso de falsedad o incongruencias, los apoderados serán pasibles de acciones penales, civiles y administrativas.

PASO A PASO PARA TRAMITAR LA ASIGNACION ESTIMULO AL PERSONAL DE SALUD:

https://estudiotigre.com/2020/04/29/asignacion-estimulo-al-personal-de-salud/

Asignación estímulo al personal de salud

Pasos para la asignacion estimulo al personal de salud de $5000

En el marco de lo dispuesto por el Sr. Presidente de la Nación en el Decreto N° 315/20,respecto a la identificación y pago de una asignación estímulo a los trabajadores y trabajadoras de los establecimientos de salud abocados y expuestos al manejo de casos relacionados con la Pandemia COVID-19, desde los Ministerios de Salud y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de La Nación se ha establecido el procedimiento para la gestión y pago de la asignación.

  • Este procedimiento se requiere la carga de la totalidad de los planteles de trabajadores y trabajadoras de los establecimientos de salud y, dentro de ellos, la determinación de aquellas personas que se encuentran prestando servicios en el marco de la Pandemia, en las condiciones que establece la Resolución Conjunta 3/2020 Ministerio de Salud y Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, RESF 2020-3-APN-MS.
  • Para que los trabajadores accedan a dicho estímulo, la institución en la cual trabajan deberá cargar el plantel de profesionales, técnicos y técnicas, auxiliares, ayudantes y toda otra persona que desarrolla actividades en el establecimiento sanitario bajo las diferentes formas de contratación.
  • La carga se realizará en el Registro Federal de Establecimientos de Salud (REFES), alojado en el Sistema de Información Sanitaria Argentina (SISA) del Ministerio de Salud de la Nación, en las solapas correspondientes a datos generales y RRHH.
  • Para facilitar el proceso, se implementó en el Ministerio una Mesa de Ayuda asignacionpersonalcovid19@msal.gov.ar, que tiene como objetivo orientar sobre la carga de los planteles de trabajadores de los establecimientos públicos y resolver las dudas que pudieran surgir.

PASOS PARA RECIBIR LA ASIGNACIÓN :

1. Solicitud de usuario, actualización y/o carga inicial de plantel de trabajadores en REFES por parte del usuario del establecimiento (Usuario).

Manual aquí

a) Generación de Usuario

Cada establecimiento deberá actualizar la totalidad de la nómina de los trabajadores del establecimiento en el Registro Federal de Establecimientos de Salud (REFES) actualmente dentro de la plataforma SISA. El responsable de dicha acción será la máxima autoridad de cada establecimiento de salud y/o en quienes estos deleguen la tarea, recomendándose que la misma esté vinculada a las áreas de RRHH del establecimiento.

Para cada establecimiento se generará un único Usuario Establecimiento REFES. La solicitud de generación de dicho usuario se realizará a través del aplicativo ubicado en el link usuariosalud.msal.gov.ar. El instructivo para la creación de dicho usuario puede encontrarse aquí

Si quien los solicita es la persona responsable del establecimiento, deberá acreditar su cargo o función mediante la documentación correspondiente.

Establecimientos públicos: Acto administrativo de designación como Director / Jefe / Autoridad del establecimiento / Autoridad Superior (Ej: Designación como Secretario de Salud – Jefe Comunal – Etc.).

Establecimientos privados: Poder o Acto administrativo de inscripción de director ante autoridad sanitaria .

En caso de que se haya delegado la tarea de carga, deberá adjuntarse también la nota modelo que figura como anexo al instructivo junto con la documentación del punto anterior, en un solo archivo .PDF.

b) Carga y actualización en REFES

Es requisito para la percepción de la asignación estímulo de los trabajadores del establecimiento que se actualicen los datos de CUIT del establecimiento y el plantel de trabajadores.

  • I. Cuit del establecimiento: En el caso de no figurar en REFES o estar desactualizado, el USUARIO deberá cargar el CUIT del establecimiento. El CUIT se carga en la solapa general del establecimiento, y refiere a la Clave Única Tributaria para identificar persona jurídica empleadora.
  • II. Plantel del trabajadores: Los usuarios deberán cargar y actualizar en la solapa de RRHH el plantel de todas las personas que realizan tareas en la institución. Se requieren como datos mínimos de cada persona:
    • Tipo de documento (obligatorio)
    • Nro. de documento (obligatorio)
    • Apellido (obligatorio)
    • Nombre (obligatorio)
    • Fecha de nacimiento (opcional)
    • País de nacimiento (opcional)
    • Sexo (obligatorio)
    • CUIT/CUIL (obligatorio)
    • Tipo de plantel (obligatorio) [Personal de salud con matrícula/ Personal de salud sin matrícula)
    • Título (opcional)
    • Matrícula (opcional)
    • Profesión de referencia (obligatorio para profesionales de salud matriculados)
    • Tipo de tarea (obligatorio) [Asistencial/No asistencial]
    • Tipo de función (obligatorio) [Asistencial: Profesional/ Técnico/ Auxiliar – No asistencial: Profesionales/ Administrativos/ Servicios Generales]
    • Tipo de contrato (sólo es obligatorio indicar si se trata de Residentes y/o Personal de Empresa Tercerizada)
    • Activo (obligatorio) [SÍ/NO]
    • Especialidad (obligatorio para profesionales contratados o que cumplen funciones como especialistas)

Aquí puede encontrar el instructivo para su primer acceso al SISA y la manera de carga manual.

2. Determinación de los trabajadores expuesto y/o abocados a COVID-19 y generación de la Declaración Jurada (DDJJ) por parte del Usuario.
Identificación del trabajador expuesto y/o abocado a COVID-19

Los usuarios responsables de la carga y actualización del plantel determinarán en la solapa de RRHH cargada manualmente (o previamente por importación masiva o WS) si el integrante del plantel está expuesto y/o abocado específicamente a la atención de COVID-19, el monto a percibir total o parcial acorde a la efectiva prestación de servicios del trabajador contemplándose como máximo para cada mes PESOS CINCO MIL ($5000); y su Clave Bancaria Uniforme (CBU). Aclaración: esto también puede realizarse masivamente o por WS.

Los trabajadores y las trabajadoras afectadas por COVID conforme los protocolos vigentes, recibirán la asignación completa.

Los usuarios responsables de la carga y actualización del plantel, una vez actualizado el mismo y habiendo determinado los trabajadores expuesto y/o abocados específicamente a COVID-19, podrán generar desde la solapa de RRHH los documentos preliminares necesarios para su verificación por parte del Responsable Legal del Establecimiento (RLE).

Una vez que el Usuario cuente con la verificación del documento preliminar por parte del RLE podrá emitir una Declaración Jurada (DDJJ) definitiva en formato digital. La DDJJ deberá ser emitida dentro del cronograma especificado, una única vez por cada período (mes). Se asignará un código identificador de DDJJ.

3. Carga de la DDJJ por Responsable Legal del Establecimiento (RLE).

El Representante Legal del Establecimiento (RLE) de salud deberá ser apoderado ante la Administración Federal De Ingresos Públicos (AFIP).

Será el responsable de la carga e información presentada como DDJJ de cada establecimiento para cada período a liquidar (abril, mayo, junio y julio).

A tal fin, el RLE ingresará al portal AFIP colocando su CUIT y clave fiscal. Una vez validada su relación con el CUIT del o los establecimientos a su cargo, será derivado a un entorno del MSAL. En este paso, el responsable legal deberá cargar las constancias de emisión de cada DDJJ asignadas al CUIT en el Paso 2, que identifican a los trabajadores de los establecimientos de salud expuestos y/o abocados a la pandemia COVID-19.

La carga de las DDJJ podrá ser realizada hasta el día 30 de cada mes. En el supuesto que por razones operativas sea necesario modificar la fecha límite, la misma será informada en el portal del SISA.

4. Verificación por AFIP.

Se remitirá la información referente a las DDJJ a AFIP con el objeto que se realicen las verificaciones que dicha entidad consideren pertinentes.

5. Liquidación y pago de la asignación estímulo.

El Ministerio de Salud procesará las declaraciones juradas y remitirá las liquidaciones para su pago a la ANSES, que abonará a los CBUs establecidos en la DDJJ.

INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA DE $10.000

Hoy comienza la pre inscripción en Anses para recibir $10.000 en concepto de ingreso familiar de urgencia en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia coronavirus.

MONTO: $10.000. ES POR GRUPO FAMILIAR.

A quiénes les corresponde

  1. Trabajadores informales.
  2. Trabajadoras de casas particulares, domesticos.
  3. Monotributistas sociales.
  4. Monotributistas de las categorías A y B (solo estas dos categorias).

Requisitos

  1. Ser argentino ó con una residencia legal en el país no inferior a 2 años.
  2. Tener entre 18 y 65 años de edad.
  3. Que el titular o su grupo familiar NO TENGA ingresos provenientes de:
  4. un trabajo en relación de dependencia en el sector público o privado.
  5. Monotributo con categoría superior a la B. (es decir Categoria C o superior).
  6. ingresos por jubilación.
  7. Otros Planes sociales con EXEPCION de la asignacion universal por hijo y la Asignación por embarazo.

Si cobras asignación universal por hijo ó asignación por embarazo no es necesario que completes el formulario ya que lo cobraran automáticamente si cumplen con los requisitos.

FECHA QUE TENES QUE INGRESAR:

  1. DNI terminado en 0 y 1viernes 27 de marzo del 2020
  2. DNI terminado en 2 y 3sábado 28 de marzo del 2020
  3. DNI terminado en 4 y 5domingo 29 de marzo del 2020
  4. DNI terminado en 6 y 7lunes 30 de marzo del 2020
  5. DNI terminado en 8 y 9martes 31 de marzo del 2020

COMPLETA EL FORMULARIO INGRESANDO EN LA PAGINA DE ANSES Ó HACIENDO CLICK ACÁ

Instructivo para completar el formulario: https://www.facebook.com/ansesgob/videos/vb.127591817259266/212694286741213/?type=2&theater

Si precisas ayuda para completar el formulario de Anses para realizar la pre inscripción para solicitar el ingreso familiar de urgencia podes comunicarte con nosotras que te ayudaremos gratuitamente por whatsapp: Cel: 15.6641.7073.

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