EMPADRONAMIENTO DE AUTÓNOMOS

Durante el mes de Mayo se debe recategorizar autónomos para responsables inscriptos en el régimen general y directores, administradores y gerentes. Las categorías para el año 2020 son:

Fuente: Res. 76/2020 (ANSES)

TIPS:

  1. Se confecciona desde el servicio de AFIP: Sistema Registral/Registro Tributario/Empadronamiento Autónomos.
  2. Para la determinación de la categoría los ingresos que corresponden se determinan de acuerdo a los ingresos brutos obtenidos en el año calendario inmediato anterior a la fecha de caracterización. Es decir este año ingresos 2019.
  3. El contribuyente de no haber obtenido un margen ó ganancia superior ó igual al 30%, puede optativamente elegir abonar el importe de la categoría anterior, una vez confirmado los ingresos brutos obtenidos en el paso anterior.
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Autor: CP Micaela Grippo

Mamá, C.P. y cocinera amateur

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